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PROYECTO REFORMA TRIBUTARIA BRASIL

Informacion aplicable solo para Brasil.

 

ENFOQUE: PAGO DE BONOS A PERSONA JURÍDICA

A partir del 01/01/2026, será obligatoria la emisión de la Nota Fiscal de Servicios electrónica (NFS-e) bajo el estándar nacional.

Los ABOs Persona Jurídica deberán emitir NFS-e para recibir bonos.

  • El CNPJ debe estar activo y regular.
  • Se recomienda un CNAE compatible con promoción de ventas o marketing directo.
  • Las notas deberán enviarse entre los días 12 y 22 de cada mes.
  • Las notas incorrectas o fuera de plazo pueden afectar el pago del bono.

📌 Estas informaciones son orientativas y no sustituyen la asesoría de un contador o especialista tributario, ya que Amway no brinda asesoría fiscal individual.

 

Obligatoriedad de la NFS-e estándar nacional (2026)

1. ¿Qué cambia a partir del 1 de enero de 2026?

Todos los prestadores de servicios persona jurídica deberán emitir NFS-e a través del estándar nacional, según reglamentación de la Receita Federal en conjunto con los municipios.

 

2. ¿Por qué este cambio?

El objetivo es unificar la emisión de facturas, simplificar obligaciones, aumentar la transparencia fiscal y facilitar el control tributario.

 

3. ¿Quién debe emitir la NFS-e?

Todos los prestadores con CNPJ activo, incluyendo:

  • MEI
  • Simples Nacional
  • Lucro Presumido o Real

 

4. ¿Necesito cambiar si ya emito factura municipal?

Sí. Será necesario adoptar el estándar nacional.

 

5. ¿Cómo emitir la NFS-e?

Se podrá emitir mediante:

  • Portal Nacional: https://www.nfse.gov.br
  • App móvil NFS-e
  • Integración por API
  • Plataforma municipal integrada

 

6. ¿Qué son IBS y CBS?

Son nuevos impuestos que reemplazarán:

  • IBS: sustituye ICMS e ISS
  • CBS: sustituye PIS y Cofins

 

7. ¿Qué es nano contribuyente?

Persona física con ingresos inferiores al 50% del límite del MEI.

 

Impactos de la Reforma Tributaria

8. Impacto en el negocio

  • Sistema más simple y transparente
  • No se espera aumento de carga tributaria
  • Continuidad de beneficios para MEI y Simples
  • Nueva categoría: nano contribuyente

 

9. ¿Qué cambia para el MEI?

  • Mantiene su modelo simplificado
  • Probables ajustes en actividades y límites
  • Continúa con exención de IBS y CBS

 

10. ¿El MEI debe emitir factura?

Sí, cuando presta servicios a personas jurídicas.

 

11. ¿Qué cambia para el Simples?

  • Se mantiene
  • Puede haber ajustes en cálculo
  • Habrá transición hasta 2033

 

12. ¿Qué pasa si el CNPJ está irregular?

No podrá emitir NFS-e.
Debe regularizarse ante Receita Federal.

 

13. ¿Se requiere CNAE específico?

Sí. Debe incluir:

  • 7319-0/02 – Promoción de ventas
  • 7319-0/03 – Marketing directo

 

14-15. Consultar CNPJ

Se debe verificar:

  • Estado ACTIVO
  • CNAE correcto

En: https://www.gov.br/receitafederal

 

16. Información requerida en la factura

  • Tipo: Nota Fiscal de Servicios
  • Prestador: Empresario
  • Tomador: Amway
  • Descripción: publicidad / marketing
  • Mes de competencia y fecha de pago

 

17. Datos para emisión

  • CNPJ: 58.473.398/0001-63
  • Empresa: AMWAY DO BRASIL LTDA
  • Dirección: Vila Olímpia
  • Código: Publicidad / promoción de ventas
  • Valor: igual al informado por Bonos

 

18. Riesgos de incumplimiento

  • No emisión de factura
  • Bloqueo de pagos
  • Multas y sanciones fiscales

 

19-20. Otros puntos

  • MEI puede tener CNAE de venta directa
  • Solo ABO PJ debe facturar bonos

 

21. ¿Cómo prepararse?

✅ Verificar CNPJ activo
✅ Confirmar CNAE correcto
✅ Registrarse en portal NFS-e
✅ Alinear con contador

 

22-23. Más información

  • Portal NFS-e
  • Receita Federal
  • Contador
  • Canal Falecom

 

Proceso interno de Amway – Pago de bonos

24. Valor del bono

Se informará por correo.

 

25. ¿Factura obligatoria?

Sí. Sin factura, el bono se convertirá en crédito Amway.

 

26. Crédito Amway

No requiere factura.

 

27. Pago

Sin cambios en fechas.

 

28. Simples Nacional

Debe emitir factura.

 

29-30. Envío

  • Contacto: Falecom
  • Email: faturamentobonusBrasil@amway.com

 

31. Formato

PDF o XML

 

32. Correcciones

  • Rechazos hasta el día 22
  • Corrección hasta el día 26

 

33. Plazo de envío

Del día 12 al 22 de cada mes

 

34. Fuera de plazo

  • Bono retenido
  • Pago en siguiente mes o cambio a persona física

 

35. Emisión de facturas

  • Una factura por bono

 

36. Envío de valores

  • Hasta el día 11 por correo

 

37. Facturas anteriores

  • Solo aplican reglas desde 01/01/2026

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